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¿Qué diferencia hay entre los antecedentes penales y policiales?

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Antecedentes como tal sólo existen los penales, pero coloquialmente se ha instaurado el concepto de “antecedentes policiales” para referirnos así a ellos.

Sin embargo, la diferencia entre ellos es importante. En primer lugar, porque los antecedentes penales se adquieren en el momento en que una persona es condenada por una sentencia firme por la comisión de un delito recogido como tal en el Código penal, mientras que los conocidos como antecedentes policiales se adquieren simplemente por haber cometido un delito recogido en el Código Penal aunque no se condene por ello mediante sentencia firme.

La segunda diferencia es sobre su cancelación. Los antecedentes penales pueden cancelarse pasados dos años del cumplimiento de la condena, ya que, por ejemplo, a la hora de buscar trabajo una empresa nos puede pedir el certificado de antecedentes penales, o para entrar en la administración pública. Pero los antecedentes policiales no puede pedirlos nadie, y también es posible cancelarlos, pero podría denegarse esa cancelación por estar relacionado en una investigación aún en curso entre otros motivos. Cabe mencionar que aun habiéndose cancelado los antecedentes policiales, por mera praxis policial los datos pueden no desaparecer del todo de sus bases de datos, ya que, aunque como tales no existan esos antecedentes, los datos deben permanecer guardados y almacenados en las bases policiales.

Si te encuentras en uno de estos casos o quieres un asesoramiento más personalizado, no dudes en contactar con nuestro despacho. Y recuerda que puedes seguirnos en nuestras redes sociales.

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